Países o regiones que deben obtener o no una visa para viajar a México.

Requisitos de Visa y Condiciones de Estancia para Viajeros a México

Para viajar a México, algunas nacionalidades requieren una visa dependiendo del propósito de su estancia.

Los visitantes pueden solicitar visas según las actividades que realizarán, como turismo, negocios, trabajo, estudios o razones humanitarias. La visa se debe tramitar en un consulado mexicano y, en general, permite una estancia máxima de 180 días para quienes no realicen actividades remuneradas. Alternativamente, ciertos documentos, como una residencia permanente en EE. UU. o una visa de Canadá, Japón, Reino Unido o Schengen, pueden sustituir la visa mexicana.

Durante el ingreso a México, la autoridad migratoria puede pedir documentación adicional para verificar el motivo del viaje, como una reserva de hotel, itinerario o carta de invitación. Además, el visitante debe presentar un pasaporte válido, la Forma Migratoria Múltiple (FMM) en ingresos por vía terrestre, y otros documentos de respaldo según su condición migratoria y propósito de visita.

PAÍSES QUE SI REQUIEREN VISA PORTAL INM

Condiciones de estancia (artículo 52 de la Ley de Migración):

Los visitantes pueden solicitar visas según las actividades que realizarán, como turismo, negocios, trabajo, estudios o razones humanitarias. La visa se debe tramitar en un consulado mexicano y, en general, permite una estancia máxima de 180 días para quienes no realicen actividades remuneradas. Alternativamente, ciertos documentos, como una residencia permanente en EE. UU. o una visa de Canadá, Japón, Reino Unido o Schengen, pueden sustituir la visa mexicana.

Durante el ingreso a México, la autoridad migratoria puede pedir documentación adicional para verificar el motivo del viaje, como una reserva de hotel, itinerario o carta de invitación. Además, el visitante debe presentar un pasaporte válido, la Forma Migratoria Múltiple (FMM) en ingresos por vía terrestre, y otros documentos de respaldo según su condición migratoria y propósito de visita.

Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turismo, negocios, otros).

    • I. Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas
    • II. Visitante regional (Aplicable en los estados del Sur)
    • III. Visitante trabajador fronterizo (Aplicable en los estados del Sur)
    • IV. Visitante por razones humanitarias
    • V. Visitante con fines de adopción
    • VI. Residente temporal
    • VII. Residente temporal estudianteDeberán solicitar en algún consulado mexicano la visa correspondiente a su ingreso. En el caso de turismo, negocios o actividades no remuneradas; deberá aplicar a una visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.
  • RECUERDA QUE:

    No podrás rebasar los 180 días (a menos de contar con una residencia o trámite migratorio).

  • Los siguientes documentos son una alternativa a la visa mexicana, los cuales el extranjero podrá presentar:

a) Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como en los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú)

b) Visa válida y vigente de Canadá, de los Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen

c) Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México (únicamente para ingresos vía aérea, terrestre y marítima con motivo de viaje negocios).

d) Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba

e) Libreta de mar, si es miembro de la tripulación de la embarcación que arriba a puerto mexicano en travesía internacional. Si el tripulante arriba por vía área para enrolarse en un buque surto en puerto nacional, deberá presentar además de la libreta de mar, documento que acredite su enrolamiento, los datos de la embarcación y el puerto mexicano en el que ésta se encuentra

 

En el filtro de revisión migratoria, la persona extranjera deberá presentar:
    1. Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente que sea válido conforme al derecho internacional.
    2. Forma Migratoria Múltiple (FMM) debidamente llenada (únicamente en los ingresos vía terrestre, recuerde que en los aeropuertos internacionales no tiene que presentar, llenar o portar ninguna FMM ya que se generará al ingreso y a través de la intervención de la autoridad migratoria, además en su sello migratorio tendrá la información necesaria para mayor información consulte la siguiente página:
      www.gob.mx/inm/articulos/forma- migratoria-multiple-digital-fmmd
    3. Visa debidamente expedida, vigente y válida
    4. EN CASO DE APLICAR:Tarjeta de residencia o autorización en la condición de estancia de visitante regional, visitante trabajador fronterizo o visitante por razones humanitarias

Nota: La autoridad migratoria podrá solicitar a la persona extranjera que compruebe el motivo de su viaje y podrá solicitarle lo siguiente:

  1. Reservación de hotel, boletos de regreso, boletos de tours (itinerario)
  2. Carta mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera está empleada y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de la misma
  3. Copia del contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México
  4. Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva
  5. Carta invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días
  6. Información y datos personales que le sean requeridos
  7. Lugar de residencia habitual o de procedencia
  8. Domicilio y tiempo de estancia en el territorio nacional
  9. En su caso, nombre, denominación o razón social y domicilio de la persona física o moral que lo empleará o lo invita
  10. Actividades a las que se dedica en su país o lugar de procedencia y las que realizará en el territorio nacional
  11. Los medios de subsistencia durante su estancia en el territorio nacional, salvo el caso de las personas extranjeras que porten visa mexicana, y
  12. La vía de transporte que utilizará para efectuar su salida del país.
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